Comunicado urgente del Rector en el que adapta la situación de la ULPGC al nuevo Decreto del Gobierno tras el Consejo de Ministros del domingo 29 de marzo

El Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria ha remitido un comunicado urgente a la comunidad universitaria en el que adapta la situación de la ULPGC al nuevo Decreto del Gobierno tras el Consejo de Ministros del domingo 29 de marzo.

Estimada comunidad universitaria:

A lo largo de esta semana que termina, la actividad presencial en las instalaciones de nuestra Universidad se ha limitado al 3% del personal de administración y servicios, tal y como reflejan los informes del control de presencia que emite el Servicio de Organización y Régimen Interno.

A pesar de la complejidad y dispersión de nuestros centros de trabajo, y gracias al esfuerzo y la colaboración del personal, se ha conseguido que todas las personas que pueden hacerlo hayan estado trabajando en la modalidad de teletrabajo y aquellas personas que, por la función que desempeñan, no lo han hecho hayan realizado turnos rotatorios o hayan estado disponibles por si fuera necesario.

Esta circunstancia va a cambiar, tal y como se ha acordado en el Consejo de Ministros extraordinario celebrado este domingo 29 de marzo. Aunque el Real Decreto que establece las medidas concretas está pendiente de su publicación, creemos necesario enviar este comunicado para que todo el personal conozca las nuevas circunstancias.

El nuevo Real Decreto establecerá el cierre de toda la actividad económica no esencial, con lo que, a partir de mañana lunes 30 de marzo y hasta el 9 de abril de 2020, con carácter general, aquellas personas que hasta este momento prestaban servicio de manera presencial en las instalaciones de la ULPGC no deberán acudir a sus puestos de trabajo, y les será de aplicación la normativa en cuanto a permisos que determinará el Real Decreto. La medida tiene carácter general, excepto para aquellas personas que deben prestar servicios esenciales, para las que se han establecido dos modalidades: los trabajadores que necesariamente han de acudir a su puesto de trabajo, y los trabajadores que deberán estar en disposición de desplazarse a las instalaciones universitarias por algún motivo urgente relacionado con el mantenimiento de las instalaciones universitarias o con los sistemas informáticos, así como en el supuesto de que haya alguna incidencia en la tramitación de la nómina o de la Seguridad Social /Muface y que requiera una gestión presencial.

  • Actividad esencial presencial: Deberá estar desarrollada por el personal mínimo imprescindible y durante el menor tiempo en que se tenga que desarrollar la tarea, para atender el cuidado y alimentación de los animales de la granja veterinaria y del animalario de Ciencias de la Salud, así como las instalaciones de acuicultura, algas y microalgas.
  • Actividad esencial que se deberá prestar en caso de que ocurra algún problema grave en las instalaciones universitarias o en los sistemas informáticos: Será aplicada a dos técnicos especialistas del Servicio de Informática y Comunicaciones, un trabajador del Departamento de Informática y Sistemas, y dos técnicos especialistas del Servicio de Obras e Instalaciones.

Los responsables de estos Servicios deberán enviar con carácter inmediato a la Subdirección de Régimen Interno regimeninterno@ulpgc.es los nombres de los trabajadores que vayan a prestar estos servicios esenciales, con el fin de que se les emita certificación acreditativa, ante la autoridad que proceda, de su condición de personal que presta servicios en la ULPGC; el horario estimado de la prestación del servicio; el edificio al que se han de desplazar o, en su caso, a todo el campus; las tareas consideradas esenciales que van a realizar; y, en el caso de que se trate de atender urgencias, esta circunstancia quedará expresamente recogida. Estos certificados se enviarán al correo electrónico del responsable del Servicio y de los trabadores que desempeñarán los servicios esenciales.

Los servicios de carácter instrumental, limpieza, seguridad, mantenimiento, jardines, y demás considerados esenciales seguirán funcionando en las condiciones que se determinan con las empresas adjudicatarias.

Una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto aprobado en el Consejo de Ministros celebrado en el día de hoy, se dictará Resolución del Rector en la que se ratifiquen los servicios mínimos presenciales previstos en este comunicado.