LOS PRESUPUESTOS AUTONÓMICOS DECIDIRÁN EL FUTURO DE LOS ASP 2018 Y RESTO DE OPOSITORES CANARIOS

El Presidente del Gobierno de España se interesa por la situación de los ASP 2018. 

La Asociación de Opositores y Profesores de Canarias OPCAN, afronta unas semanas decisivas tras el inminente debate de presupuestos.

Los componentes de esta Asociación, formada por los opositores y profesores   que   superaron   las   pruebas   selectivas   en   las   pasadas oposiciones al cuerpo de Secundaria y Formación Profesional de 2018, vienen denunciando la situación irregular producida a la finalización de esta, producida a través de la introducción de una enmienda y posterior disposición  transitoria  donde  se  impedía  la  reordenación  de  las  listas. Dicha disposición introducida a petición sindical, relega a los opositores aprobados al final de las listas de empleo, lo que supone una vulneración de los derechos fundamentales en el acceso a la función pública docente.

El colectivo de Aprobados de la Oposición sin plaza de Canarias ha recibido una respuesta del Presidente del Gobierno Pedro Sánchez lamentando la situación que viven estos opositores, y dando traslado a la Ministra de Educación. Asimismo recuerda que las CCAA tienen las competencias en materia educativa dentro del respeto a la normativa básica estatal garantizando los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Los grupos parlamentarios, conocedores de la Ley y su valor, han venido mostrando su apoyo y reconocen la injusticia, así como los efectos perversos   de   una   Ley   aprobada   en   la   cámara   legislativa   canaria, asumiendo muchos de los grupos parlamentarios el error al apoyar esta enmienda que pretendía perpetuar a unos en contra de lesionar los derechos de otros.

Debemos  recordar  que  nuestro  estatuto  de  autonomía señala  que  los ciudadanos  de  Canarias  son  titulares  de  derechos  y  deberes fundamentales  establecidos  en  la  Constitución;  y  que  el  Parlamento Canario aprobará sus propias leyes autonómicas bajo el control de la constitucionalidad de estas leyes, por lo que no puede ejercer la potestad legislativa conculcando lo previsto en el art. 23.2 de la Constitución Española sobre los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos así como el resto del ordenamiento jurídico sobre el respeto en todo caso a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Por su parte, los grupos parlamentarios, CC-PNC, ASG y PP, han firmado un acuerdo para apoyar los próximos presupuestos 2019 aunque el grupo ASG ha condicionado el mismo a una solución a los ASP 2018, por lo que teniendo conocimiento del próximo debate sobre la ley de presupuestos para 2019 y su posible aprobación, el colectivo insta al Parlamento y a los grupos sindicales que lleguen a un acuerdo que les permita el acceso igualitario a la función pública, situándoles en el lugar que les corresponde de acuerdo a los derechos fundamentales de igualdad, mérito y capacidad demostrada.

Han sido numerosas las reuniones mantenidas con todos los grupos parlamentarios que han reconocido ese error y recientemente también el colectivo ha enviado un comunicado a los grupos sindicales, ya que fueron ellos quienes promovieron la enmienda que dio lugar a la ya conocida disposición transitoria quinta de la citada Ley 7/2017, la cual lesiona los derechos fundamentales. En este comunicado piden a los sindicatos que respeten la Ley 10/1985 de Libertad sindical, y a su imperativo constitucional que ha de amparar el ejercicio de su actividad respetando la Constitución.

El colectivo recuerda que existe jurisprudencia que señala que SUSTITUIR los principios de igualdad, mérito y capacidad por la antigüedad supone una FLAGRANTE vulneración de estos principios constitucionales. Por eso, Opositores   y   Profesores   de   Canarias-OPCAN   reivindicamos   nuestro legítimo reconocimiento conciliando con otros intereses para el resto del colectivo docente de Canarias.

El  Diputado  del  Común,  como  alto  comisionado  del  Parlamento  de Canarias para la defensa de los derechos fundamentales, ha admitido a trámite la queja presentada por el colectivo solicitando de inmediato a la Consejería de Educación que se pronuncie sobre el recurso potestativo; además   insta   al   colectivo   a   valorar   la   conveniencia   de   todas   las actuaciones a formular relacionadas con la vulneración de los derechos fundamentales.

Del mismo modo, el Defensor del Pueblo ya ha mostrado interés en llevar las indagaciones y trámites oportunos de la situación en Canarias. Cabe recordar, como se ha mencionado anteriormente que esta figura puede presentar los recursos de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional dentro del plazo previsto tras la aprobación de una ley.

Algunas representantes de OPCAN pudieron intercambiar opiniones y profundizar   en   la   situación   injusta   que   vienen   sufriendo   tras   las oposiciones de Secundaria y varios meses de negociaciones con la señora.

Consejera de Educación Doña Soledad Monzón, la cual mostró su sensibilidad y comprensión hacia los opositores sin plaza, reconociéndoles su mérito y lamentando la situación personal de muchos de los docentes- opositores del colectivo.

El colectivo informa que en caso de que la disposición transitoria quinta sea  prorrogada  o  cualquier  otra  que  no  enmiende  la  lesión  de  los derechos fundamentales de los opositores 2018, realizarán todas aquellas reivindicaciones necesarias para que política y judicialmente se lleven a cabo  las  actuaciones  que contempla la  ley 9/1979,  dentro  de los  tres meses siguientes a la promulgación de una ley autonómica.

Cabe señalar por una parte lo señalado en el artículo 33 de la Ley 9/1979 del Tribunal Constitucional que manifiesta que “un recurso de inconstitucionalidad se podrá formular dentro del alzo de tres meses a partir de la publicación de una ley, disposición o acto con fuerza de ley impugnando mediante demanda presentada antes le Tribunal Constitucional, (…)” estando legitimados para el ejercicio del recuso el Presidente del Gobierno, el defensor del pueblo, 50 diputados o 50 senadores.

También  exponemos  lo  recogido  en  el  artículo  9  del  Real  Decreto

276/2007 sobre la impugnación, pudiendo realizarse por los interesados

en   cualquier   momento   conforme   a   la   ley   39/2015   tanto   de   la convocatoria, bases como cualquier acto administrativo que derive del proceso selectivo. Según manifiesta el colectivo queda evidenciado que las reglas del juego las marca o impone la LEY, no los intereses de unos en contra de otros.

Por todo ello, desde la Asociación OPCAN, se hace un llamamiento para que   en   este   DEBATE   DE   PRESUPUESTOS,   se   pueda   enmendar   la vulneración de sus derechos, como aprobados de una oposición tan dura a través de una enmienda que les sitúe en el lugar que les corresponde.

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