Propuestas del Partido Popular de Guía para el control del uso de abono de origen animal

Ya son meses los que lleva el municipio de Santa María de Guía sufriendo episodios de malos olores y plagas de moscas. La molestia que está causando a los vecinos hace tiempo que ya es insoportable.

Ante esta situación el alcalde y el grupo de gobierno no han tomado ninguna medida en aras de poner remedio a este problema, es más según Pedro Rodríguez no tiene constancia formal.

A pesar de las quejas en diferentes redes sociales, en medios de comunicación y en forma de llamadas a la Policía Local por parte de los vecinos, el inmovilismo de quiénes rigen los designios de nuestro municipio es ya inaceptable.

“Evidentemente estamos en un municipio con una importante producción agrícola y el uso de abonos de origen animal debe permitirse, pero tiene que estar regulado y controlado por la administración local para evitar lo que está sucediendo” expone el portavoz popular.

El pasado lunes Alejandro Rivero, portavoz del PP en el Ayuntamiento, solicitó tratar por vía de Urgencia el asunto en el Pleno Ordinario de septiembre. El alcalde,  incumpliendo el  Art 82.3 del Reglamento de  Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,  se negó a considerar la petición del edil popular.

“El Pleno es el lugar donde deben debatirse los problemas del municipio, y los vecinos exigen una solución, por eso mismo al no tomar la iniciativa el grupo de gobierno lo hicimos nosotros. No podemos esperar al siguiente Pleno  a finales de noviembre a ver si el alcalde se decide a tomar cartas en el asunto”   

Las medidas que propone el Partido Popular para controlar el uso de abonos de origen animal son las siguientes:

  1. Única y exclusivamente podrán efectuarse los vertidos de residuos ganaderos o estiércol en fincas rústicas y explotaciones agrarias privadas.
  2. El estiércol a verter en el terreno debe estar previa y debidamente tratado (secado y/o fermentado).
  3. Prohibir el apilamiento de los residuos o estiércol en los terrenos.
  4. Prohibir el vertido de residuos ganaderos y/o estiércol en las ocasiones en las que esté declarada la Prealerta y Alerta por el Gobierno de Canarias por Altas Temperaturas u olas de calor.
  5. El resto del año se procederá al enterrado de los productos mencionados dentro de las 8 horas siguientes al vertido.
  6. Prohibir el tránsito, estacionamiento y parada de cubas y camiones que contengan residuos procedentes de fuentes de origen ganadero por las calles y travesías de las Zonas Urbanas del municipio salvo que se garantice la estanqueidad de las mismas.
  7. Prohibir el vertido de residuos procedentes de fuentes de origen ganadero a la red de Saneamiento Municipal, cauces de barrancos, así como aquellos lugares por donde circunstancialmente pueda circular el agua como cunetas, colectores, caminos, montes, ya sean de titularidad pública o privada.
  8. Quiénes pretendan efectuar en una finca rústica un vertido de residuos, estiércol o fertilizantes ganaderos, deberán comunicarlo previamente mediante instancia normalizada al Ayuntamiento como mínimo 15 días antes de realizar la aplicación.
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