Turcón insiste en la petición de información a la Autoridad Portuaria y Capitanía Marítima de Canarias sobre las maniobras y vertido del barco ruso Oleg Naydenov

Los ecologistas presentan escrito en SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN DE ACTOS PRESUNTOS a la vez que aseveran que la “Inacción contra nuestro derecho a recibir la información, derecho adquirido y no materializado, es por lo que de no recibir la información en los plazos previstos o remisión de certificación de actos presuntos, Turcón iniciara el procedimiento para llevar esta situación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Ante la falta de respuesta por parte de la Autoridad Portuaria y de la Capitanía Marítima de Canarias los ecologistas de Turcón insisten en su solicitud de información interpuesta por la representación legal de este colectivo al amparo de la Ley 27/2006 de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y que con fecha 17 de Abril del presente año, fue presentada en registro del Gobierno Civil, donde solicitábamos información con respecto al barco pesquero ruso Oleg Naydenov, por lo que entendíamos se habían cometido múltiples irregularidades y que en el transcurso de esta “crisis toxica” ha venido a darnos la razón.

En el requerimiento presentado en el mes de abril se describían los previos a la situación del posterior vertido toxico se hablaba del incendio ocurrido en el puerto de la Luz, en Las Palmas de Gran Canaria, donde se intentó sofocar el mismo con resultado negativo y posterior desalojo del buque pesquero siniestrado de bandera rusa Oleg Naydenov y remolcado hacia aguas oceánicas del sur de las islas, en concreto por la zona de Fuerteventura, para terminar hundiéndose a 15 millas al sur de la Punta de Maspalomas y a una profundidad de 2.400 m.

De esta casuística los ecologistas piden información clara y fidedigna sobre las operaciones e intervención con el buque siniestrado. Asimismo deseaban también conocer como se ha producido el hundimiento o zozobra del barco y el vertido del fuel contenido en las sentinas del mismo.

Igualmente preguntan cómo se llegó a la  decisión de sacar el buque del muelle y llevarlo a alta mar, porque no se culminó la extinción del incendio en el muelle, procediendo a crear una zona de exclusión y estableciendo las barreras de seguridad y anticontaminación adecuadas. Asimismo en el cuerpo del escrito presentado en su momento se desgranaban una batería de preguntas, como las que siguen:

¿Quién dio la orden de “sacar a paseo”, al pesquero? a sabiendas de la baja maniobrabilidad del barco pues se hallaba con una sobrecarga por el agua utilizada en la extinción. ¿El mandato fue dado con informe técnico preceptivo?

Después de lo expuesto los ecologistas vienen a solicitar que se le dé contestación a las siguientes cuestiones: 

1º.-   ¿Cómo y porque se ha producido el hundimiento después de estar tantas horas siendo arrastrado por remolcador?

2º.-   ¿Por qué no se culminó la extinción del buque en puerto?

3º.-    ¿Por qué no se creó una zona de exclusión y seguridad que permitiera culminar con los trabajos de contraincendios?

4º.-   ¿Se tomaron las medidas oportunas para evitar el vertido accidental de las 1.400 tm. de combustible que contenía en su interior el barco en esos primeros momentos?

5º.-   Pedimos los informes técnicos que avalan la decisión tomada de evacuar el barco hacia aguas oceánicas.

6º.-   ¿Qué intencionalidad tiene el trasladar el buque hacia zonas cercanas a Fuerteventura para posteriormente devolverlo a aguas de Gran Canaria?

7º.-    ¿En qué momento es consciente la cadena de mando de este operativo que el buque se podía hundir, o no valoraban esta posibilidad?

8º.-    ¿Qué labor de vigilancia y control del vertido contaminante se están realizando y que tareas se piensan hacer para la extracción del fuel a la profundidad de 2.400 m.?

El colectivo Turcón recuerda que es obligatorio y queda recogido en la mencionada contestación, y en vista de que pasado el mes preceptivo, no se nos ha hecho llegar la información solicitada y que por derecho corresponde y no esta materializado, es por lo que los ecologistas presentan escrito en solicitud de Certificación de Actos Presuntos a la vez que aseveran que la      “Inacción contra nuestro derecho a recibir la información, derecho adquirido y no materializado. Por lo que de no recibir la información en un plazo de 15 días o remisión de certificación de actos presuntos, iniciaremos el procedimiento para llevar esta situación ante
la Sala de lo Contencioso Administrativo y al amparo de la misma, conseguir nuestros propósitos y de existir presuntamente responsabilidades de la administración al no respetar un derecho básico del ciudadano o representante de los mismos, se dirimen dichas responsabilidades de existir mala fe por parte de algún funcionario, técnico o responsable político para que se nos entregara lo solicitado”.

Deplora este grupo el fracaso administrativo que una vez más demuestra la ineficacia o quizás la mala fe a que nos tiene acostumbrado, con éstas prácticas dilatorias y que nos motiva a solicitar de la administración que nos certifique su inactividad.