- El siniestro vial consistió en una salida de vía por el margen derecho y posterior choque con valla metálica en la GC 1
La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, en cumplimiento de las competencias encomendadas en materia de seguridad vial, ha procedido a investigar el pasado día 2 del mes en curso a un varón de 36 años de edad como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, por conducir un vehículo bajo la influencia de drogas.
Los agentes del Equipo de Atestados del Subsector de Tráfico de Las Palmas procedieron el pasado día 02 a intervenir en un siniestro vial ocurrido en la carretera GC-1 a la altura del punto kilométrico 06,700, a las 02:30 horas que consistió en una salida de vía por el margen derecho y posterior choque con una valla metálica por parte de un turismo, con el resultado únicamente de daños materiales.
Realizadas las pruebas de alcohol y drogas correspondientes al único conductor implicado en el siniestro, dio un resultado positivo en Tetrahidrocannabinol (T.H.C.), ítem que indica la toma de cannabis en el test de drogas y un resultado negativo en la prueba de alcoholemia; para determinar la cantidad exacta se está a la espera del informe de los laboratorios correspondientes.
A continuación los agentes investigaron al conductor como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, por conducir un vehículo de motor bajo la influencia de drogas.
Las correspondientes diligencias y el investigado han quedado a disposición del Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia del Partido Judicial de Telde.
Normativa aplicable.
El capítulo IV del vigente Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad vial y establece las siguientes penas por superar la tasa de alcohol establecida y que es la siguiente.
Artículo 379.2
El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.