La Guardia Civil del Puesto de Gran Tarajal, en el municipio de Tuineje, investigó el pasado 9 de julio a una mujer residente en el municipio majorero de Tuineje- de 66 años de edad, nacionalidad española y sin antecedentes previos- como autora de un delito de apropiación indebida al quedarse con un teléfono móvil, valorado en 480 euros, que no era de su propiedad.
Inicio de la investigación
La Guardia Civil comenzó las pesquisas tras presentarse denuncia el pasado mes de junio, mediante la cual el perjudicado relataba que el día 2 de junio había extraviado su teléfono móvil en la estación de guaguas de Gran Tarajal, dejándolo olvidado en uno de los bancos mientras esperaba su transporte, percatándose con posterioridad de lo sucedido, volviendo a dicho lugar y no encontrando el terminal móvil donde lo había dejado.
Pesquisas e identificación
La Guardia Civil procedió a solicitar información a las diferentes compañías telefónicas con el fin de poder determinar si a dicho terminal móvil se le había asociado alguna tarjeta SIM para hacer uso del mismo, y en caso positivo obtener los datos del titular de dicha línea telefónica.
Una de las operadoras de telecomunicaciones existentes en el mercado contestó de manera positiva a dicho requerimiento, obteniendo información determinante para poder identificar posteriormente a su titular.
Recuperación e investigación
Con toda la información recabada se pudo identificar plenamente a dicha persona, a la cual se citó para que acudiera a dependencias oficiales para aclarar lo sucedido, manifestando la misma que se había encontrando el teléfono móvil y que viendo que el mismo no se encontraba bloqueado, decidió quedárselo y hacer uso del mismo, procediendo la Guardia Civil a investigar a dicha persona como autora de un delito de apropiación indebida, poniéndola a disposición del juzgado de guardia de Puerto del Rosario.
Se pudo recuperar el terminal el cual se entregó a su legítimo propietario.
En base al Código Civil, quien encontrare una cosa mueble, debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo.