La Guardia Civil investiga a una persona por  conducir un vehículo a motor triplicando la tasa máxima permitida de alcohol en Lanzarote 

  • El investigado una vez realizadas las pruebas de alcoholemia arrojó en la primera prueba una tasa de 1,14 mg/l. y en la segunda prueba un resultado de 1,02mg/l 

La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, ha instruido diligencias en las que se investiga al conductor de un vehículo como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, por conducir bajo lo influencia del alcohol.

Los hechos ocurrieron cuando Fuerzas del Destacamento de Tráfico de Arrecife se encontraban prestando servicio en un punto de verificación de alcohol el pasado día 21 de noviembre en el km.12,5 de la carretera LZ-20, término municipal de Teguise cuando procedieron a dar el alto a una FORD TRANSIT COURIER, y requerido el conductor, varón de 48 años, para la realización de las pruebas de alcoholemia legalmente establecidas.

El mismo arrojó un resultado positivo en la primera prueba de 1,14 mg/l y en la segunda prueba un resultado de 1,02 mg/l., lo que supone triplicar la tasa máxima permitida que es de 0,25 mg/l.

Acto seguido los agentes de la Agrupación informaron conductor de su investigación como presunto autor de un delito contra la seguridad vial por haber superado la tasa de alcohol en aire espirado en más de 0,60 mg/l.

De los hechos investigados, se instruyeron las correspondientes diligencias que fueron entregadas en el Juzgado de Guardia del Partido Judicial de Arrecife.

Normativa aplicable.

El capítulo IV del vigente Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad vial y establece las siguientes penas por superar la tasa de alcohol establecida y que es la siguiente.

 

Artículo 379.2 y 383

 

DELITO

PENAS

 

 

ALCOHOL

Tasas superiores a:

– 0.60 mg/l en aire.

– 1,2 gr/l en sangre.

 

Prisión de tres a seis meses o  multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30  a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

Negativa a someterse a las pruebas.

Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años