- El conductor detuvo su vehículo en la calzada, sin motivo justificado, obstaculizando la circulación, cuando fue sorprendido por los agentes que efectuaban vigilancia de dicha carretera
Componentes del Destacamento de Tráfico de Santa María de Guía en Gran Canaria, en cumplimiento de las competencias encomendadas en materia de seguridad vial, han investigado a una persona como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, por conducir bajo la influencia del alcohol.
Los hechos ocurrieron cuando los compentenes de la Agrupación de Tráfico realizaban sus funciones propias de la vigilancia de la seguridad vial, justamente al llegar a la altura del km.2 de la carretera GC-751, pudieron observar a un turismo, parado dentro de la calzada, sin motivo aparente.
Cuando requirieron al conductor para el esclarecimiento de los hechos, pudieron apreciar síntomas de ingesta de alcohol, motivo por el que requirieron al conductor, un varón de 62 años, para la realización de las pruebas de alcoholemia legalmente establecidas, arrojando un resultado positivo en la primera prueba de 0,99 mg/l y en la segunda prueba un resultado de 0,99 mg/l.
De los hechos investigados, se instruyeron las correspondientes diligencias que fueron entregadas en el Juzgado de Guardia del Partido Judicial de Santa María de Guía.
Normativa aplicable.
El capítulo IV del vigente Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad vial y establece las siguientes penas por superar la tasa de alcohol establecida y que es la siguiente.
Artículo 379.2 y 383
DELITO |
PENAS |
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ALCOHOL |
Tasas superiores a: – 0.60 mg/l en aire. – 1,2 gr/l en sangre.
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Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. |
Negativa a someterse a las pruebas. |
Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años |