- Fue identificado en un punto de verificación de alcohol y drogas, y tras realizar las gerstiones oportunas con la Centro Operativa de Tráfico (C.O.T.A.), se pudo comprobar que carecía de permiso de conducir por no haberlo obtenido nunca
La Guardia Civil del Destacamento de Tráfico de Arrecife Agrupación ha investigado el pasado día 07 de febrero a un hombre de 32 años de edad, como presunto autor de un delito contra la seguridad vial al conductor de un vehículo por carecer de permiso de conducción, al no haberlo obtenido nunca.
Los hechos se llevaron a cabo cuando los agentes de la Agrupación de Tráfico, en cumplimiento de las competencias encomendadas en materia de seguridad vial, establecieron un punto de verificación de alcohol y drogas en la carretera LZ-2, carretera de Arrecife a Playa Blanca a la altura del punto kilométrico 2,500 del término municipal de San Bartolomé.
En este lugar, procedieron a parar a un vehículo tipo turismo para la posterior identificaron del conductor, un hombre de 32 años de edad, con el que, tras haber realizado las gestiones oportunas, pudieron constatar que carecía de permiso de conducción al no haberlo obtenido nunca.
Por ello los agentes informaron al conductor que será investigado como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo de motor sin haber obtenido nunca el permiso de conducción, instruyendo las correspondientes diligencias que fueron entregadas en el Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia del Partido Judicial de Arrecife.
La conducción de un vehículo a motor sin haber obtenido nunca el permiso de conducción es una infracción especialmente grave que supone, más allá de una infracción administrativa, la comisión de un delito penal tipificado en el artículo 384 del Código Penal.
Normativa aplicable.
El capítulo IV del vigente Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad vial y establece las siguientes penas por La conducción de un vehículo a motor habiendo perdido la totalidad de los puntos legalmente asignados y que es la siguiente.
Artículo 384.
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.