Abierto plazo temporada 2022/2023 viajes imserso. Convenio ayuntamiento – ministerio
LAS PERSONAS YA INSCRITAS NO TIENEN QUE PRESENTAR NUEVA INSTANCIA.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES FINALIZA EL 19 DE JULIO DE 2022, EN EL REGISTRO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO
DOCUMENTOS A PRESENTAR:
1.- FOTOCOPIA DE DNI/NIE DE LA PERSONA SOLICITANTE.
2.- FOTOCOPIA DE DNI/NIE DEL CÓNYUGE, PAREJA DE HECHO O UNIÓN ESTABLE Y DEL/ DE LA HIJO/A, EN SU CASO.
3.- COPIA DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA, EN SU CASO.
4.– COPIA DEL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD DE LA PERSONA SOLICITANTE Y DEL/DE EL/LA HIJO/A, EN SU CASO.
5.– ACREDITACIÓN DE LA PENSIÓN Y OTROS INGRESOS DE LA PERSONA SOLICITANTE Y, EN SU CASO, DEL CÓNYUGE, PAREJA DE HECHO O UNIÓN ESTABLE.
REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA:
1.- Podrán participar
- a) Personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
1.º Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
2.º Ser pensionista de viudedad del sistema de Seguridad Social español con cincuenta y cinco o más años de edad.
3.º Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad.
4.º Ser asegurado o beneficiario del sistema de Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
- b) Los españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan los requisitos exigidos en el apartado 1. a) de este artículo.
- c) Los españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de seguridad social del país o países a los que hubieran emigrado.
- 2. Las personas usuarias podrán ir acompañados por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos exigidos en el artículo 4.1.
Asimismo, las personas usuarias podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones individuales que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
- 3. Las personas usuarias de plazas y sus acompañantes, excepto los hijos, deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
- 4. Las personas usuarias acreditarán al Imserso el cumplimiento de los requisitos establecidos mediante declaración responsable.
Las personas usuarias podrán participar siempre y cuando se cumplan estrictamente todas las medidas y protocolos adoptados en su país, comunidad autónoma o región de origen en relación a la COVID-19 así como los articulados para el país, comunidad autónoma o región de destino.