La Agencia Canaria de Protección del Medio Natural inicia un procedimiento sancionador de más de 700.000 euros al Consorcio de Comunidades de Regantes del Noroeste de Gran Canaria por el daño medioambiental ocasionado durante la construcción de una balsa en Montaña Alta

La Agencia Canaria de Protección del Medio Natural ha iniciado un procedimiento sancionador por una cuantía de 754.474,22 euros al Consorcio de Comunidades de Regantes del Norte de Gran Canaria por infracción urbanística muy grave durante las obras de  construcción de la Balsa de Manrubio con las que ha ocasionado el destrozo de la carretera de Bascamao-Montaña Alta al haber duplicado la extracción de tierra que le permitía la licencia concedida para este proyecto, provocando un daño medioambiental por la citada excavación no autorizada.

La Resolución de la Agencia de Protección del Medio Natural recoge que las obras fueron realizadas sin las preceptivas autorizaciones administrativas de conformidad con la Ley del Suelo, señalando que los hechos son presuntamente constitutivos de una infracción urbanística, tipificada y calificada de muy grave en el artículo 382 de la Ley del Suelo y se sancionará con multa del 100% al 200% del valor de las obras ejecutadas.

Por otro lado, la misma Agencia ya ha obligado al citado Consorcio a la reposición de la tierra extraída para recuperar el estado original del terreno al tratarse de un suelo rústico de protección paisajística.

Ya el 26 de septiembre del pasado año el Ayuntamiento de Guía aprobó en Pleno una sanción de cerca de 70.000 euros al Consorcio de Regantes del Noroeste de Gran Canaria por el desmoronamiento de la citada vía municipal que conecta Bascamao con Montaña Alta.

Estos hechos, según se detalla en el Acta del Pleno, son constitutivos de las dos infracciones administrativas siguientes:  en primer lugar por la realización de obras no permitidas en zonas de dominio público, de servidumbre o de afección de la carretera sin las autorizaciones o licencias requeridas y, por otro lado, por la sustracción, deterioro o destrucción de cualquier elemento de la carretera relacionado con la seguridad de la circulación o la modificación intencionada de sus características. Dos infracciones muy graves de las tipificadas en la Ley de Carreteras de Canarias.

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