El Ayuntamiento de Guía publica un Bando de Alcaldía con las condiciones para las hogueras de San Antonio, San Juan y San Pedro

● Se hace un llamamiento a la responsabilidad y prudencia de la ciudadanía para que extremen las precauciones

El Ayuntamiento de Guía ha emitido hoy un Bando de Alcaldía con las condiciones para las tradicionales hogueras que se celebran la víspera de las festividades de San Antonio (12 de junio), San Juan (23 de junio) y San Pedro (28 de junio), haciendo un llamamiento a la responsabilidad y prudencia de la ciudadanía.

El Bando establece que las hogueras en este término municipal sólo podrán realizarse en suelo urbano o terreno agrícola en explotación y deberán situarse a una distancia mínima de 15 metros de cualquier construcción, carretera, tendido eléctrico, vehículo o instalación. Deberá respetarse una distancia mínima de 100 metros entre hogueras y queda terminantemente prohibida la colocación de hogueras en cualquier tipo de vía pública por motivos de seguridad en el tráfico.

Entre las condiciones se incluye el límite a la altura de la pila de materiales a quemar, que no deberá sobrepasar los 3 metros si se ubica a menos de 100 metros de alguna edificación, ni de 5 metros en ningún otro caso.

La pila de materiales no deberá estar compuesta por materiales inflamables ni explosivos, ni por elementos de composición plástica, ni ningún otro tipo de residuos cuya combustión pueda conllevar la emisión de gases altamente contaminantes o molestos (neumáticos, electrodomésticos, spray, etc.).

Las hogueras podrán ser prendidas desde las 20:00 horas de los días 12, 23 y 28 hasta las 2:00 horas del día 13, 24 y 29 de junio, de cara a respetar un descanso adecuado de los vecinos. Al finalizar deberá garantizarse que la hoguera queda completamente apagada y todo en condiciones de limpieza y orden tal y como se encontraba anteriormente.

Ante cualquier incidente o emergencia se deberá utilizar el teléfono genérico de Emergencias (112) o el de la Policía Local de Santa María de Guía, el 928 88 25 83.

Entre las condiciones establecidas en el Bando figura, también, la realización de las hogueras en un lugar que tenga fácil acceso a los servicios de seguridad y emergencia, evitando la proximidad a árboles, repetidores, tendidos eléctricos, vehículos, viviendas, etc. Se establece, asimismo, que ha de realizarse la limpieza de la zona (alrededores de la hoguera) para eliminar cualquier posibilidad de propagación del fuego.

Se informa, además, que se desmontarán aquellas hogueras que no reúnan las suficientes garantías de seguridad, por su ubicación, por su contenido o por su peligrosidad.