• La operación denominada “GALENOS CANARIAS” ha sido llevada a cabo en un Centro de Reconocimientos Médicos de conductores de Las Palmas de Gran Canaria
• Dos de los detenidos ejercían como médicos de medicina general sin encontrarse habilitados para ello, haciendo uso de la firma colegiada de otro de los detenidos con su autorización y con la connivencia de la persona titular del Centro médico
El Subsector de Tráfico de Las Palmas culminó una operación en el marco de la colaboración entre el Subsector de Las Palmas y la Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas, todo ello con la finalidad de erradicar prácticas fraudulentas que afectan a la Seguridad Vial en los Centros Médicos de Reconocimiento de Conductores.
La operación de investigación policial concluyó con la detención de la administradora de la empresa y titular del Centro médico, del director facultativo y psicólogo y del facultativo médico, por su participación en los delitos de intrusismo y falsedad documental.
A raíz de las inspecciones periódicas realizadas por la Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas se solicitó apoyo al Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Las Palmas, al haber detectado ciertas irregularidades en un centro de reconocimiento médico de conductores de Las Palmas de Gran Canaria.
Tras unas comprobaciones previas, el Grupo de Investigación y Análisis del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Las Palmas se hizo cargo de la investigación, bajo el nombre de “Operación Galenos Canarias”.
Investigación y detención.
Las gestiones practicadas llevaron a la Guardia Civil a la constatación que, en el período de tiempo comprendido entre los meses de diciembre de 2023 a marzo de 2024, se habían firmado un total de 1149 certificaciones de aptitud para la obtención o renovación del permiso de conducción por parte del médico; comprobándose que en esas fechas y horarios el mismo, se encontraba ejerciendo sus servicios médico-profesionales en otro establecimiento.
De las investigaciones realizadas se pudo determinar que fue el hijo del médico titular, la persona que realmente examinaba a los usuarios, sin contar con la titulación ni colegiación exigida, pudiéndose demostrar que eventualmente, también el director facultativo, psicólogo del centro, realizaba los exámenes médicos en ausencia del titular o de su sustituto, careciendo de la titulación necesaria.
Concluidas las actuaciones policiales, se procedió a la detención de los presuntos autores de los hechos, por su participación en los delitos de intrusismo y falsedad documental.
Las diligencias fueron entregadas en el Juzgado de Instrucción número UNO
en funciones de Guardia de los de Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).
Relevancia penal de los hechos.
Las inspecciones a los centros de reconocimientos médicos para conductores se llevan a cabo por los funcionarios del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico al amparo de de lo establecido en el Artículo 26 del Real Decreto
170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros
de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores y tienen como finalidad comprobar que éstos establecimientos llevan a cabo su actividad de forma que se garantice que las personas que
ejercen la conducción de vehículos a motor, cumplen los requisitos psicofísicos que marca la legislación vigente. En el año 2023 se realizaron 57 inspecciones a los 46 centros de reconocimiento médico ubicados en la provincia de Las Palmas.
Por este motivo, la expedición de certificados de aptitud psicofísica para la conducción y sin llevar a cabo de forma rigurosa los exámenes y pruebas reglamentariamente establecidos o que éstos sean llevados a cabo por personal que no reúne la cualificación exigida, supone por sí misma una actividad que pone en grave riesgo la “Seguridad Vial”
Normativa aplicable.
Conforme a lo establecido en los artículos que se indican del vigente Código
Penal:
La FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS OFICIALES del artículo 392 del vigente Código penal, tiene prevista una pena de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
El delito de INTRUSISMO PROFESIONAL recogido en el artículo 403 del Código penal, prevé una pena de prisión de seis meses a dos años si el culpable, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido y/o si el culpable ejerciere los actos a los que se refiere el apartado anterior en un local o establecimiento abierto al público en el que se anunciare la prestación de servicios propios de aquella profesión.