8 octubre 2026 · 22:36

La Ética, el Honor y la Política

8 de octubre de 2026

«Cuando la legalidad deja de ser suficiente para sostener la legitimidad democrática”

La democracia moderna se sostiene sobre tres pilares fundamentales; “la ley, la voluntad popular, en  la confianza de los ciudadanos y en sus instituciones”.

Cuando uno de ellos se debilita, el edificio entero comienza a resentirse. Pero cuando es precisamente el propio Gobierno quien encuentra mecanismos para sortear el espíritu de las decisiones adoptadas por el Parlamento, surge una pregunta incómoda, pero necesaria: ¿todo lo que es legal, es también legítimo?

 

El reciente debate sobre la utilización de fórmulas jurídicas para aprobar mediante Real Decreto disposiciones que previamente habían sido rechazadas por el Congreso de los Diputados, merece una reflexión serena, profunda y alejada de consignas partidistas. Porque el problema trasciende a cualquier gobierno concreto. Lo que está en juego no es una medida determinada, sino la calidad misma de nuestra democracia. Porque, «cuando la brújula moral se rompe, cualquier rumbo parece correcto en la carta náutica de la ley.»

Desde un punto de vista, que como siempre digo, no deja de ser  más que el de un humilde lobo de mar jubilado y además maúro de Telde. En base a lo que se dice estrictamente jurídico, es posible que la actuación sea impecable. Los gobiernos disponen de mecanismos legales previstos en el ordenamiento para situaciones excepcionales o determinadas circunstancias institucionales. Nadie discute eso; sin embargo, la política democrática no debería limitarse a la mera observancia de la ley escrita. “Existe también una dimensión ética”, que constituye el verdadero cemento moral de las instituciones.

La cuestión de fondo es sencilla: si la representación nacional, expresada a través del Congreso de los Diputados, rechaza una determinada iniciativa y, posteriormente, el Ejecutivo encuentra una vía alternativa para imponerla aprovechando una coyuntura parlamentaria más favorable, ¿está respetando realmente la voluntad popular o está simplemente buscando la forma de neutralizarla?

Aquí aparece una diferencia esencial que con demasiada frecuencia parece olvidarse en la política contemporánea: “la diferencia entre legalidad y legitimidad”.

¿Podemos hablar de fraude de ley?

Llegados a este punto, surge inevitablemente una pregunta incómoda pero legítima: ¿podría considerarse esta actuación una forma de fraude de ley?

Conviene ser prudentes. En sentido estrictamente jurídico, la calificación de “fraude de ley”, corresponde a los tribunales y exige un análisis técnico riguroso. No basta con que una actuación resulte discutible o polémica para que pueda calificarse como tal.

Sin embargo; desde una perspectiva política y ética, la cuestión merece ser planteada.

“El fraude de ley”, se produce cuando se utiliza una norma válida y aparentemente correcta para alcanzar un resultado que contradice el espíritu o la finalidad que persigue el ordenamiento jurídico. Dicho de forma más sencilla, o como lo haría un maúro de Telde como yo: “se trataria de respetar la letra de la ley mientras se vulnera su propósito”.

Y precisamente esa es la sensación que puede generar en una parte importante de la ciudadanía, una situación en la que un Gobierno como el actual social comunista que preside Pedro Sánchez, incapaz de obtener el respaldo necesario en el Congreso para una determinada medida, aprovecha posteriormente una circunstancia institucional distinta para sacar adelante aquello que la representación nacional ya había rechazado. Simplemente…. ¡Lamentable y cobarde!, más propio de dictaduras bananeras, tipo la de Venezuela, que tanto gusta a Zapatero “el joyero”

Nadie discute la posible cobertura legal del procedimiento. Lo que se discute es algo mucho más profundo que, si la utilización de ese mecanismo busca dar respuesta a una necesidad excepcional del Estado o, por el contrario, evitar las consecuencias políticas de una derrota parlamentaria previamente sufrida, lo que se traduce en… ¡Blanco y en botella!

La diferencia es esencial, porque si el objetivo último consiste en corregir o neutralizar una decisión soberana adoptada por el Congreso, el debate deja de ser simplemente jurídico para convertirse en un problema de calidad democrática. No estaríamos ante una vulneración formal de la ley, sino ante algo quizás más preocupante; la instrumentalización de la ley para alcanzar un resultado que el procedimiento democrático ordinario ya había rechazado previamente.

Es en este punto, donde aparece la frontera entre la astucia política y la lealtad institucional.

Las democracias sólidas no se construyen sobre la búsqueda constante de atajos legales, sino sobre el respeto sincero a la voluntad expresada por las instituciones representativas. Cuando los ciudadanos empiezan a percibir que determinados mecanismos se utilizan para sortear decisiones democráticamente adoptadas, la confianza en el sistema se erosiona y la sospecha sustituye a la credibilidad.

En consecuencia, quizá la pregunta verdaderamente importante no sea si estamos o no ante un fraude de ley en el sentido técnico del término. La cuestión de fondo es mucho más sencilla y, al mismo tiempo, mucho más trascendente.

 

¿Es compatible con el honor político utilizar una prerrogativa legal para deshacer aquello que la soberanía popular, a través de sus representantes, había decidido previamente rechazar?

Esa pregunta, más que cualquier informe jurídico, es la que cada ciudadano debería responder según su propia conciencia democrática. Porque las leyes pueden interpretarse; los reglamentos pueden retorcerse; los procedimientos pueden buscarse. Pero cuando la ética desaparece de la política, la democracia comienza a perder su alma.

“La legalidad responde a la pregunta de si algo puede hacerse. La legitimidad responde a sí debería hacerse”.

Las democracias maduras sobreviven precisamente porque sus dirigentes comprenden esa diferencia. Saben que no todo aquello que permite la ley resulta compatible con el respeto institucional que merece el Parlamento. Saben que la fortaleza de una democracia depende tanto de las normas escritas como de las normas no escritas; la lealtad institucional, el respeto a la separación de poderes y la aceptación sincera de los contrapesos propios del sistema.

De hecho, la historia ofrece abundantes ejemplos de cómo la erosión democrática raramente comienza mediante golpes espectaculares contra la ley.

Lo habitual es que empiece mediante la utilización sistemática de resquicios legales que vacían progresivamente de contenido las instituciones de control. Las democracias no suelen morir por la violación abierta de las normas, sino por la manipulación constante de sus mecanismos.

Por ello resulta pertinente plantear una cuestión que muchos ciudadanos formulan cada vez con mayor frecuencia, y  es la siguiente: ¿nos encontramos ante una forma de fraude de ley?

Desde una perspectiva estrictamente jurídica, probablemente serán los expertos y, en su caso, los tribunales quienes deban valorar esa posibilidad. Pero desde una perspectiva política y moral sí cabe señalar que existe una notable similitud con la filosofía que inspira dicho concepto. “El fraude de ley” consiste, precisamente, en utilizar una norma para conseguir un resultado contrario al espíritu del ordenamiento jurídico.

Dicho lo anterior, el que un gobierno como este social comunista de Pedro Sánchez, que, en el pasado reciente, no ha tenido ningún pudor para saltarse o adaptar la Ley a su propia conveniencia, no nos debería extrañar, que se haya acogido a este “atajo legal”, que apesta por todas partes, a “trapo quemado” como decimos en Canarias, y a falta de honor y ética política. Cosa que, por otra parte, todo el mundo a estas alturas sabe, que Pedro Sánchez y su gobierno social comunista son dos cosas de las que carecen desde el principio de la legislatura, cuando engañó nos engañó a todo el país, haciendo lo contrario, de lo que había dicho y asegurado, tan solo unas horas antes.

Y eso es exactamente lo que preocupa a numerosos observadores; la sensación de que se utilizan procedimientos formalmente correctos para alcanzar resultados políticamente incompatibles con una decisión previamente expresada por la representación nacional en el Parlamento.

No se trata de cuestionar la capacidad legal del Ejecutivo. Se trata de preguntarse si esa actuación respeta el principio democrático en su sentido más profundo.

Porque el Parlamento no es un simple trámite administrativo. No es un obstáculo que el Gobierno social comunista de Pedro Sánchez, pueda o deba superar cuando le resulta incómodo. Es la Institución que encarna la soberanía popular, y  cuando una mayoría parlamentaria rechaza una propuesta determinada, como es el caso que nos ocupa, la que está hablando es la voz de los ciudadanos representados en la Cámara.

Ignorar ese pronunciamiento mediante maniobras procedimentales puede ser legal. Pero difícilmente favorece la confianza de los ciudadanos en las instituciones, y la confianza es un bien extraordinariamente frágil.

Cuando los ciudadanos perciben que las decisiones de sus representantes pueden ser alteradas a través de mecanismos técnicos, empiezan a preguntarse…. ¿Para qué sirve realmente votar, debatir o ejercer el control parlamentario? La consecuencia no suele ser el fortalecimiento de la democracia, sino el crecimiento de la desafección, el cinismo político y el descrédito institucional.

Existe una célebre frase atribuida al escritor y humanista francés François Rabelais que afirma que “la ciencia sin conciencia no es más que la ruina del espíritu ”. Algo parecido sucede en política.

La ley sin ética puede convertirse en la ruina de la democracia.

Las sociedades libres necesitan gobernantes que no sólo respeten la letra de las normas, sino también su espíritu. Que comprendan que el poder democrático no consiste en hacer todo aquello que es posible hacer, sino en ejercer la autoridad dentro de límites morales que preserven la confianza pública.

Porque el verdadero “honor político”, no se demuestra cuando la ley obliga. Se demuestra precisamente cuando la ley permite actuar de una determinada manera y; sin embargo, se decide no hacerlo por respeto a principios superiores.

Ese es el punto donde aparece la diferencia entre un gobernante legalista y un auténtico estadista; el primero se pregunta… ¿Qué puedo hacer? y el segundo ¿qué debo hacer.?

Y es precisamente en esa diferencia donde se mide la calidad democrática de una nación.

 

Conclusión

Un viejo lobo de mar que a lo largo y ancho de su vida le ha tocado ver mucha mar, y además nunca dejó de ser un maúro de Telde, te asegura que, una democracia digna de tal nombre no puede conformarse con que sus gobernantes actúen dentro de la legalidad. Debe exigir además que lo hagan dentro de la ética institucional, del respeto a la voluntad parlamentaria y del honor político.

Porque las leyes pueden permitir muchas cosas; sobre todo cuando, como hizo el gobierno al adaptarla a su conveniencia, tal fue el caso de la “Ley de Amnistía”, a cambio de siete votos, que permitieran que Pedro Sánchez ocupara la Moncloa.

La cuestión verdaderamente importante es si una sociedad decente debería aceptarlas todas.

En última instancia, la grandeza de una nación no reside únicamente en la calidad de sus leyes, sino en la integridad de quienes las aplican. Y quizás por eso sigue manteniendo plena vigencia una reflexión que debería presidir cualquier ejercicio del poder democrático: “el honor y la ética de una nación, deben impedir aquellas acciones que la ley, por sí sola, está dispuesta a tolerar”.

O como diría un auténtico mauro de Telde… Yo ya tengo incrustadas muchas “clacas” (ver mi libro: “Léxico canario”), hasta en los “c…, de tanto navegar por esos mundos de Dios, como para que me vengas ahora a estas alturas a convencerme con “machangadas o milongas” , porque si algo tengo mi edad  meridianamente claro, es que …. “La ley permite acciones que mi honor me prohíbe” y … ¡Casos se han dado!

¡Qué cosas!

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