Mercado De Guía
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La Justicia desestima el recurso de Pedro Rodríguez relativo a la continuidad del servicio de vigilancia del Mercado de Guía y lo condena en costas
  • La sentencia no aprecia irregularidad y avala la actuación municipal para garantizar un servicio público esencial

El Ayuntamiento de Santa María de Guía valora positivamente la sentencia dictada por el Juzgado de lo contencioso-Administrativo nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria, que desestima el recurso presentado por Pedro Manuel Rodríguez Pérez, anterior alcalde del municipio, contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local relativo a la continuidad del servicio de vigilancia y seguridad del Mercado de Guía.

Pedro Rodríguez solicitaba la nulidad del acuerdo municipal y alegaba fraude de ley, vulneración del procedimiento legalmente establecido, infracción de los principios de igualdad, no discriminación y transparencia, así como desviación de poder.

La sentencia, sin embargo, rechaza sus alegaciones, no aprecia el fraude de ley denunciado y condena al recurrente al pago de las costas procesales.

Desde el Ayuntamiento se destaca que la resolución judicial confirma que, tratándose de un servicio esencial para la comunidad, como es la vigilancia y seguridad de un establecimiento municipal, era posible articular una continuidad temporal del servicio mientras se tramitaba una nueva adjudicación o se adoptaba otra forma de gestión por parte de la Administración.

La concejala María Alejandra García Díaz señala que “la Justicia ha dejado claro que el Ayuntamiento actuó para garantizar un servicio esencial y que no existió el fraude de ley que se pretendía denunciar”.

García Díaz recuerda que Juntos por Guía acusó públicamente al actual grupo de gobierno de mantener el Mercado Municipal con contratos irregulares y de actuar al margen de la legalidad. “Ahora hay una sentencia que desestima el recurso, rechaza las alegaciones y confirma que la actuación municipal tenía como finalidad garantizar la continuidad del servicio”, afirma.

La concejala considera especialmente relevante que la propia sentencia señale que este tipo de acuerdos parece haber sido una práctica habitual del Ayuntamiento para garantizar la prestación de servicios públicos. “Resulta llamativo que se intentara presentar como irregular una fórmula que la propia resolución judicial identifica como utilizada para evitar la interrupción de servicios municipales”, añade.

El Ayuntamiento subraya que el acuerdo recurrido no tenía como finalidad eludir la legalidad, sino ordenar la situación del servicio, iniciar un nuevo procedimiento de contratación y evitar que el Mercado Municipal quedara sin vigilancia y seguridad.

“La ciudadanía espera que los servicios funcionen y que el Ayuntamiento actúe con responsabilidad. Nuestro deber es resolver problemas, ordenar los procedimientos y proteger el interés general”, concluye García Díaz.

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