Gáldar recibe 310 nuevos contenedores para su instalación en las próximas semanas en el municipio
Teodoro Sosa, Julio Mateo Castillo Y Antonia Perdomo
Teodoro Sosa, Julio Mateo Castillo Y Antonia Perdomo
El Ayuntamiento de Gáldar instalará en las próximas semanas 310 nuevos contenedores de 800 litros para sustituir y ampliar los puntos de recogida de residuos en aquellas zonas donde es necesario un mayor número. Se trata de 270 contenedores de la fracción restos y 40 contenedores de orgánica con cerradura incluida, todos ellos de 800 litros.
Teodoro Sosa, alcalde de Gáldar, Julio Mateo Castillo, primer teniente de alcalde, y Antonia Perdomo, concejala de Recogida de Residuos, acudieron en la mañana de este jueves a comprobar la nueva remesa, que forma parte de un contrato que tiene el objetivo de instalar más de 1.500 contenedores de diferentes tipos y tamaños gracias a una inversión de 701.543 euros, y que arrancó hace dos años.
Además, está previsto que en la segunda quincena de julio se incorporen otros 176 contenedores de fracción restos y otros 40 de orgánica, nuevamente de 800 litros. Asimismo, en septiembre llegará el suministro de 40 contenedores de 1.100 litros para papel y cartón y 72 contenedores, también de 1.100 litros, para recipientes ligeros.
Teodoro Sosa destacó que «seguimos avanzando en la modernización del servicio de recogida de residuos con una renovación integral de la red de contenedores del municipio. Este plan nos permite sustituir unidades deterioradas, incrementar la capacidad allí en las zonas en las que se ha dado un mayor crecimiento de la población o el uso lo requiere y ofrecer un servicio más cómodo y eficiente para la ciudadanía».
El alcalde recordó que esta actuación da continuidad al proceso iniciado en 2024 con la incorporación de 211 contenedores de gran capacidad de 3.000 litros destinados a la recogida selectiva de envases ligeros y papel y cartón. Posteriormente, en diciembre de 2025, el Ayuntamiento recibió una nueva remesa de 220 contenedores de 800 litros para las fracciones de restos y orgánica, continuando así con el calendario previsto en el contrato de suministro.
«Con las nuevas incorporaciones previstas para los próximos meses seguiremos dando pasos hasta completar la renovación de más de 1.500 contenedores en todo el municipio, adaptando el servicio a las necesidades actuales», concluyó.
El Ayuntamiento continuará distribuyendo progresivamente los nuevos contenedores por los diferentes barrios y el casco del municipio, priorizando tanto la sustitución de los recipientes que presentan un mayor desgaste como la ampliación de aquellos puntos de recogida que requieren una mayor capacidad para mejorar el servicio que se presta a los vecinos.

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Dudas y problemas con los contratos de alquiler de vivienda. La ley de arrendamientos urbanos

El comienzo de septiembre marcará el regreso al estudio y al trabajo, lo que implica que muchas personas busquen un piso de alquiler. Este proceso se complica cada vez más debido a los precios y requisitos solicitados, pero ¿qué puede exigir un propietario al inquilino de una vivienda? Legálitas revisa los aspectos clave que deben considerar los inquilinos al alquilar una vivienda, incluyendo si es legal pagar por visitar un piso o qué documentos financieros (aval, extractos, etc.) o fianza puede requerir el arrendador. Según el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, modificado por la Ley 12/2023 de 24 de mayo sobre el derecho a la vivienda, los contratos de vivienda habitual, los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato deben ser asumidos por el arrendador. Sin embargo, los contratos de uso distinto a vivienda habitual se basan en la libertad de acuerdos entre las partes. ¿Qué documentos puede pedir el arrendador al inquilino? Para formalizar un alquiler, el propietario puede requerir un documento de identificación, como el DNI o permiso de trabajo y/o residencia, y documentos que acrediten la capacidad económica del inquilino, como nóminas o contrato de trabajo. ¿Cuál es el importe máximo de fianza y mensualidades que se puede pedir? La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que se puede exigir una fianza equivalente a un mes de renta, pagadera en metálico, la cual debe devolverse al inquilino un mes después de la entrega de las llaves al final del contrato. Además, se permite pactar una garantía adicional de hasta dos meses de renta. ¿Puede el propietario solicitar un aval de los padres o los movimientos bancarios del inquilino? El arrendador puede pedir un aval bancario o fiador personal para garantizar las obligaciones del arrendatario, pero solicitar movimientos bancarios no es adecuado; la capacidad económica se puede justificar con otros documentos, como nóminas o la última declaración de la renta. ¿Cuál es la duración mínima y máxima de un contrato de alquiler? Los contratos de uso distinto a vivienda habitual o de temporada se rigen por el acuerdo de las partes. Para contratos de vivienda habitual, si la duración es inferior a 5 años (para personas físicas) o 7 años (para personas jurídicas), se prorrogan anualmente hasta alcanzar estos plazos, a menos que el inquilino indique su intención de no renovar con 30 días de antelación. En contratos de vivienda habitual, si no hay preaviso de extinción, el contrato se prorroga por otros 3 años más, y tras estos periodos, si ninguna de las partes comunica la resolución, se aplica la tácita reconducción del Código Civil, renovándose anualmente o mensualmente según la renta. ¿Cómo se formaliza el contrato de un piso compartido? Puede hacerse un contrato único para todos los inquilinos o contratos individuales. No es necesario un pacto de solidaridad expreso si el contrato indica la unidad de renta, y es posible establecer normas para el uso de zonas comunes. ¿Son válidos los contratos verbales de alquiler? Los contratos de alquiler verbales son válidos, aunque es recomendable documentar los acuerdos por escrito para evitar problemas futuros. ¿Se puede pagar el alquiler por Bizum o en efectivo? Según la nueva Ley de Vivienda, el pago debe realizarse electrónicamente, salvo excepciones en las que alguna parte no tenga acceso a medios electrónicos, permitiendose entonces el pago en efectivo. En caso de rescisión, ¿con cuánto tiempo se debe dar el aviso? Para contratos de vivienda habitual, el inquilino debe avisar con al menos un mes de antelación a partir del sexto mes de vigencia. Se puede pactar una penalización de un mes de renta por cada año restante del contrato. Si un inquilino se va, ¿qué sucede con el alquiler? Si todos los inquilinos firmaron el contrato, son responsables solidarios del pago de la renta, a menos que se acuerde lo contrario. ¿Puede el inquilino subalquilar la vivienda? El subarriendo total o parcial no está permitido sin el permiso del propietario, quien puede autorizarlo parcialmente y por escrito.