La Villa de Moya albergará el torneo de pádel ‘Open Villa de Moya’ en una pista temporal ubicada en el Anfiteatro Municipal
Cancha De PÁdel (1)
  • La pista temporal, ubicada en el Anfiteatro Municipal, ha sido instalada gracias a la colaboración con la Consejería de Deportes y Actividad Física del Gobierno de Canarias y la Federación Canaria de Pádel 

  • La infraestructura acogerá un torneo federado, el Open Villa de Moya, uno amateur y estará disponible para el uso y alquiler de los vecinos y vecinas del municipio en distintos horarios

La Villa de Moya alberga una pista de pádel temporal que ha sido instalada en el Anfiteatro Municipal gracias a la colaboración de la Consejería de Deportes y Actividad Física del Gobierno de Canarias y la Federación Canaria de Pádel. La infraestructura albergará un torneo de pádel federado, el Open Villa de Moya, que se desarrollará del 31 de enero al 8 de febrero, así como un torneo amateur. También se permitirá el alquiler de la misma a los vecinos y vecinas del municipio con el objetivo de impulsar la promoción del deporte y la actividad física en el municipio. 

“Desde el Ayuntamiento de la Villa de Moya debemos agradecer a la Consejería de Deportes y Actividad Física del Gobierno de Canarias, así como a la Federación Canaria de Pádel, la cesión temporal de la pista para instalarla en nuestro municipio. Para nosotros es una forma de seguir ampliando y mejorando la oferta deportiva que tenemos a disposición de todos nuestros vecinos y vecinas. El pádel es un deporte muy demandado en nuestro municipio y ahora podrán practicarlo aquí, además de disfrutar del espectáculo que tendremos con la celebración del Open Villa de Moya y del torneo amateur”, destaca el alcalde, Raúl Afonso. 

La Villa de Moya es un lugar mágico para el deporte y alberga la celebración de diferentes pruebas de renombre a nivel deportivo, como la Circular Extrema Villa de Moya o la Cronoescalada a Fontanales, “ahora tenemos un nuevo atractivo y estamos seguros de que tanto nuestros vecinos y vecinas, como los visitantes, lo van a disfrutar mientras contemos con la pista en el Anfiteatro Municipal”, señala el concejal de Deportes, Gilberto Sosa. 

La nueva pista de pádel temporal albergará un torneo federado de pádel, el Open Villa de Moya, que se desarrollará del 31 de enero al 8 de febrero. “La instalación temporal de esta pista supone poder llegar a nuevos puntos de la geografía canaria y seguir ganando adeptos a un deporte que está en auge y que cada vez cuenta con más fieles”, resalta el presidente de la Federación Canaria de Pádel, Diego Gil. 

Más allá de albergar el Open Villa de Moya y la celebración de un torneo amateur, la pista de pádel temporal estará a disposición de todos los vecinos y vecinas del municipio, quienes podrán alquilarla y disfrutar de ella en diferentes horarios, facilitando así el acceso a la práctica del pádel para todas las edades y niveles. En los próximos días se facilitará toda la información con el funcionamiento de la pista para proceder a su reserva.

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Redacción NorteGranCanaria

“Las joyas del escándalo y el polémico ‘escudo’ de los 10 años”

¿Se puede blanquear una fortuna alegando un regalo del pasado?   El “infantil escrito” presentado hace unos días por la defensa del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, “no constituye automáticamente una prueba concluyente”, sino una mera declaración de parte sometida a la posterior verificación judicial.   “El juez José Luis Calama”, titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 de la Audiencia Nacional, ya ha tomado medidas inmediatas tras recibir dicho documento, y yo supongo que, si no se sintió ofendido por considerarlo “estúpido o medio subnormal”, se habrá partido de la risa, al leer las excusas tan infantiles, más propias de un alumno de la LOGSE, que de un expresidente del gobierno de España.   Las implicaciones legales y los pasos inmediatos del procedimiento aclaran las dudas planteadas sobre el recorrido jurídico de esta justificación     Así es; este escrito presentado por la defensa del expresidente del Gobierno, “José Luis Rodríguez Zapatero”, ante el “juez José Luis Calama”, ha sacudido los cimientos políticos y judiciales del país.   Tres meses después de abrirse la investigación por el lote de rubíes, esmeraldas y zafiros hallado en su despacho, el exlíder socialista ha roto su silencio alegando que se trata de un «obsequio de cortesía personal» realizado en el año 2007 por el fallecido monarca de Arabia Saudí, Abdalá Bin Abdulaziz. ¡Toma ya!… Y no se cortó un pelo   Esta línea de defensa no solo desafía la lógica diplomática habitual, sino que introduce un debate técnico-jurídico de enormes proporciones; ¿Basta con fijar un hecho en el pasado para esquivar la acción de la Justicia? La resolución de este caso marcará un hincapié decisivo sobre los límites de la impunidad por el transcurso del tiempo.   El «comodín» de la fecha y la diplomacia de excepción   El núcleo de la estrategia defensiva, aparte de estúpida, es temporal, al ubicar la entrega de las joyas en 2007 (hace 19 años), Pues queda claro que lo que se pretende o se busca, es “la prescripción automática de cualquier presunto delito fiscal o de contrabando”, cuyos plazos generales de persecución caducan a los 10 años.   Sin embargo, el relato plantea serios interrogantes en el ámbito internacional. En la práctica diplomática generalizada, las monarquías del Golfo Pérsico entregan obsequios de esta envergadura a solo los “jefes de Estado” y de forma institucional. Tratar ahora de una forma tan poco profesional e infantil, el justificar un lote valorado inicialmente por peritos en “1,3 millones de euros” (y que podría rondar los 2,3 millones en el mercado) como una «atención personal» carece de precedentes comparables en el historial de los exjefes del Ejecutivo español.   Y para agravar la situación, el escrito se envió al Tribunal sin aportar un solo documento oficial que lo certifique, y después de que el propio expresidente intentara sin éxito —mediante cartas de su puño y letra— que la actual Corte Real de Arabia Saudí ratificara su versión. Estrás de acuerdo conmigo amigo lector, que esto más se parece a una película de Berlanga, que a otras cosas.       “El código ético vulnerado por su propio creador”   Más allá de la esfera penal, la justificación choca frontalmente contra las normas administrativas que el propio Zapatero impulsó, dos años antes de la supuesta recepción de las gemas, y en el Consejo de ministro, donde se aprobó el “Código de Buen Gobierno de 2005”.   Este reglamento obligaba a los altos cargos a “rechazar cualquier regalo que superara los usos habituales de cortesía” o, en caso de ser presentes de carácter institucional, a incorporarlos obligatoriamente al “Patrimonio del Estado”.   Exmandatarios como Felipe González, José María Aznar o Mariano Rajoy entregaron en su momento decenas de joyas recibidas en el ejercicio de su cargo. La decisión de conservar estas piedras preciosas en el ámbito privado, sin registrar y ocultas durante casi dos décadas, resquebraja el argumento de la mera deferencia protocolaria y además se atreve a decir en público que… “los socialistas estamos acostumbrados a recibir poco y dar mucho” Aquí si que cabe aquello de… “Por la boca muere el pez” o como decimos los mauros de Tele… ¡Ya caíste ingles!     El peligroso precedente: ¿Una ventana al «lavado universal»?   La gran preocupación que suscita la aceptación de esta defensa es el llamado “efecto espejo”, que podría generar en el sistema legal español. Si la Audiencia Nacional da por buena una simple alegación escrita sin pruebas documentales que la sustenten, se abriría una peligrosa brecha jurídica; como la “Inversión de la carga de la prueba”: Cualquier ciudadano investigado por la posesión de fortunas o bienes ocultos (obras de arte, propiedades, efectivo) podría alegar que fueron «un regalo no documentado de un tercero ya fallecido» hace más de una década. La “Exigencia de rigor material”: el ordenamiento jurídico penal español determina que la prescripción no es una cláusula de amparo automático. Para desactivar una causa judicial, el investigado debe demostrar de forma inequívoca —y con soporte material contrastable— el momento exacto de la adquisición del bien.     “La ciencia gemológica tiene la última palabra”   “El juez José Luis Calama”, ya ha dejado claro que una carta de descargo no equivale a una prueba concluyente. El magistrado previsiblemente desestimará la comisión rogatoria solicitada por la defensa hacia Riad —dada la tradicional nula colaboración de las autoridades saudíes con estos exhortos internacionales y el hecho de que la acreditación de la inocencia corresponde al investigado—. Por ello, el futuro judicial del caso no dependerá de discursos políticos, sino del “rastreo científico de la antigüedad de las joyas”.   El juzgado ha ordenado peritajes técnicos y gemológicos exhaustivos sobre el lote intervenido por la UDEF y serán los laboratorios, determinando de forma objetiva, la fecha exacta de fabricación y comercialización de los metales y gemas, los que decidirán si el escudo de los 10 años es una realidad científica o una coartada insostenible e infantil.       “Llegado a este punto, nos preguntamos…”