El TSJC da la razón a CSIF y declara vulnerado su derecho fundamental a la libertad sindical en el Ayuntamiento de Adeje
La sentencia reconoce el derecho de CSIF a formar parte de la Mesa General de Negociación, anula su exclusión y condena al Ayuntamiento a indemnizar al sindicato con 15.000 euros
Santa Cruz de Tenerife, 5 de octubre de 2026.– La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha obtenido una importante victoria judicial frente al Ayuntamiento de Adeje. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha estimado el recurso de apelación presentado por CSIF y ha declarado que la exclusión del sindicato de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos vulneró su derecho fundamental a la libertad sindical en el ejercicio de la negociación colectiva.
La sentencia nº 405/2026, dictada por la Sección Segunda del TSJC, revoca la resolución judicial anterior y reconoce expresamente el derecho de CSIF a formar parte de la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Adeje. Asimismo, condena a la Administración municipal al pago de una indemnización de 15.000 euros y le impone las costas del procedimiento.
El Tribunal considera acreditado que CSIF forma parte de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas prevista en el artículo 36.1 del TREBEP y que, además, obtuvo el 33,33 % de la representación funcionarial en el Ayuntamiento de Adeje, con tres de los nueve representantes elegidos. Estas circunstancias, según la Sala, otorgan a CSIF el derecho a participar en la Mesa General conjunta municipal, aun cuando no dispusiera de representación en el colectivo laboral.
La resolución judicial es especialmente contundente al señalar que la exclusión de CSIF no constituyó un hecho aislado, sino que supuso privar durante un periodo prolongado a una organización sindical de uno de los elementos esenciales de la libertad sindical: su participación en la negociación colectiva. El Tribunal también reprocha que no se corrigiera la decisión adoptada y que no se diera audiencia a CSIF antes de acordar su exclusión.
Para CSIF Canarias, esta sentencia supone un respaldo claro a la defensa de la representatividad sindical y al derecho de los empleados públicos a estar representados en los órganos donde se negocian sus condiciones de trabajo.
“No estábamos defendiendo únicamente la presencia de unas siglas en una mesa de negociación. Estábamos defendiendo el derecho de los empleados públicos que han depositado su confianza en CSIF a estar legítimamente representados cuando se deciden sus condiciones laborales.”
CSIF considera especialmente relevante que el Tribunal no solo haya reconocido el derecho del sindicato a regresar a la Mesa General, sino que haya apreciado una vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical y haya establecido una indemnización por el perjuicio ocasionado.
Desde CSIF se exige ahora al Ayuntamiento de Adeje que dé cumplimiento a la resolución judicial y garantice plenamente la participación del sindicato en la negociación colectiva municipal.
La resolución es susceptible de recurso de casación, que deberá prepararse ante la propia Sala en el plazo de treinta días.
CSIF continuará defendiendo, en todos los ámbitos y ante todas las Administraciones Públicas, el respeto a la libertad sindical, la representatividad obtenida democráticamente en las urnas y el derecho efectivo de los empleados públicos a participar, a través de sus representantes, en la negociación de sus condiciones de trabajo.

