La Guardia Civil investiga a un conductor por conducir un vehículo bajo la influencia del alcohol y las drogas

El Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Las Palmas, ha procedido a investigar como presunto autor de un delito contra la seguridad vial al conductor de un vehículo que circulaba bajo la influencia de alcohol y drogas.

Los hechos se iniciaron después de que la fuerza actuante se trasladara al km.6 de la carretera GC-2, vía de Las Palmas de G.C. a Agaete, con motivo de un siniestro vial consistente  en una colisión por alcance de un turismo VOLKSWAGEN POLO a una motocicleta BMW F650, con el resultado de dos personas heridas, tres ilesas y daños materiales de consideración en los vehículos.

Requeridos los conductores para la realización de las pruebas de alcoholemia correspondientes, el conductor del turismo, arrojó un resultado positivo de 0,94 mg/l, en la primera prueba y de 0,88 mg/l en la segunda prueba, posteriormente realizado el test de drogas, arroja positivo en cocaína.

Los resultados del test de drogas deberán ser ratificados por el laboratorio al que han sido remitidas las muestras de saliva para su análisis y determinación  de la cantidad exacta de la sustancia.

A continuación proceden a informar al conductor, de 27 años de edad, que será investigado como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo de motor bajo la influencia del alcohol y de  las drogas.

De los hechos investigados, se instruye las correspondientes diligencias que serán entregadas  en el Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria.

Normativa aplicable.

El capítulo IV del vigente Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad vial y establece las siguientes penas por superar la tasa de alcohol establecida y que es la siguiente.

Artículo 379.2

El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.