Abierto plazo temporada 2022/2023 viajes imserso. Convenio ayuntamiento – ministerio

LAS PERSONAS YA INSCRITAS NO TIENEN QUE PRESENTAR  NUEVA INSTANCIA.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES FINALIZA EL 19 DE JULIO DE 2022, EN EL REGISTRO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO

DOCUMENTOS A PRESENTAR:

1.- FOTOCOPIA DE DNI/NIE DE LA PERSONA SOLICITANTE.

2.- FOTOCOPIA DE DNI/NIE DEL CÓNYUGE, PAREJA DE HECHO O UNIÓN ESTABLE Y DEL/ DE LA HIJO/A, EN SU CASO.

3.-  COPIA DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA, EN SU CASO.

4.– COPIA DEL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD DE LA PERSONA SOLICITANTE Y DEL/DE EL/LA HIJO/A, EN SU CASO.

5.– ACREDITACIÓN DE LA PENSIÓN Y OTROS INGRESOS  DE LA PERSONA SOLICITANTE Y, EN SU CASO, DEL CÓNYUGE, PAREJA DE HECHO O UNIÓN ESTABLE.

REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA:

1.- Podrán participar

  1. a) Personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

1.º Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.

2.º Ser pensionista de viudedad del sistema de Seguridad Social español con cincuenta y cinco o más años de edad.

3.º Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad.

4.º Ser asegurado o beneficiario del sistema de Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.

  1. b) Los españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan los requisitos exigidos en el apartado 1. a) de este artículo.
  1. c) Los españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de seguridad social del país o países a los que hubieran emigrado.
  1. 2. Las personas usuarias podrán ir acompañados por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos exigidos en el artículo 4.1.

Asimismo, las personas usuarias podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones individuales que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

  1. 3. Las personas usuarias de plazas y sus acompañantes, excepto los hijos, deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
  1. 4. Las personas usuarias acreditarán al Imserso el cumplimiento de los requisitos establecidos mediante declaración responsable.

Las personas usuarias podrán participar siempre y cuando se cumplan estrictamente todas las medidas y protocolos adoptados en su país, comunidad autónoma o región de origen en relación a la COVID-19 así como los articulados para el país, comunidad autónoma o región de destino.