Inaceptable e inaudito ¿Qué esta pasando con una parte de la sociedad?

Me llama muy enfadada, y con razón, una amiga Emma perteneciente a la Asociación de Autismo de las Palmas.

Desde luego lo que me cuenta, me deja alucinado, no dando credibilidad a lo que escucho, inaceptable e inaudito.

Antes de ayer una amiga suya lleva al hijo, con autismo, de otra conocida a dar un paseo por las Canteras sobre las 17:00 decide parar en el Burguer King de las Canteras para merendar.

Aclaramos, antes de explicar lo sucedido, que los niños diagnosticados con Autismo suelen padecer crisis extremadamente fuertes sobre todo en las esperas ya que ellos no entienden ni comprenden que a veces hay que esperar, y lo pasan realmente mal.

Pidieron el menú infantil y se fueron a la mesa a esperar, pero tardaban, y el niño lo quería ya ella intento calmarlo, pero no había forma, empezó a darse golpes contra el suelo a golpearse, arañarse etc., evidentemente ella no podía separarse del niño para evitar que se hiciera más daño.

Pide ayuda al personal para que por favor les lleve la comida a la mesa y les contestan “Que no que tiene que levantarse y pasar por caja y pagar para poder darles la comida”, pero no estaban viendo la situación, donde esta la humanidad y el camarero servicial de antaño.

Ella consiguió sacar a duras penas de la mochila su medicación y una vez calmado, les pide hielo para los golpes y le vuelven a responder con una repuesta inaudita “que no tienen hielo que tiene que ir a la máquina”. Como va a ir a la maquina si el peque esta nervioso y no puede dejarlo solo, INCREIBLE.

3 personas en la línea de caja y las 3 mirando atónitas, sin empatía y sin ganas de ayudar.

Repito donde están los camareros serviciales y profesionales, a es verdad no me acordaba estos son máquinas de apretar botones, y poner el vaso debajo del refresco.

Desde luego los directivos y dueños de estas GRANDES CADENAS DE COMIDA RÁPIDA, se preocupan más por ganar dinero a toda costa, pero no por profesionalizar a los trabajadores de las mismas, dándoles cursos de atención al cliente, de educación, etc. vergüenza tenía que darnos entrar en estos establecimientos.

Todo este problema viene causado por algo que la Asociación de Autismo de las Palmas lleva reclamando desde hace tiempo los “Campus de Verano para niños con Autismo”. Porque digo que los campus podría ser una de las maneras para evitar casos como el que comentamos, los peques durante la época escolar están entretenidos y siempre activos, una vez que las clases terminan vienen los problemas, los peques se paran, se ponen nerviosos, alterados, ansiosos, y ocurre lo que ocurre.

Por eso desde Nortegrancanaria.com siempre hemos apoyado a esta asociación, creemos que es justo y necesario los campus de verano por y para los peques.

Hagamos entre todos un mundo mejor y que casos como este no vuelva a ocurrir nunca más.

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Dudas y problemas con los contratos de alquiler de vivienda. La ley de arrendamientos urbanos

El comienzo de septiembre marcará el regreso al estudio y al trabajo, lo que implica que muchas personas busquen un piso de alquiler. Este proceso se complica cada vez más debido a los precios y requisitos solicitados, pero ¿qué puede exigir un propietario al inquilino de una vivienda? Legálitas revisa los aspectos clave que deben considerar los inquilinos al alquilar una vivienda, incluyendo si es legal pagar por visitar un piso o qué documentos financieros (aval, extractos, etc.) o fianza puede requerir el arrendador. Según el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, modificado por la Ley 12/2023 de 24 de mayo sobre el derecho a la vivienda, los contratos de vivienda habitual, los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato deben ser asumidos por el arrendador. Sin embargo, los contratos de uso distinto a vivienda habitual se basan en la libertad de acuerdos entre las partes. ¿Qué documentos puede pedir el arrendador al inquilino? Para formalizar un alquiler, el propietario puede requerir un documento de identificación, como el DNI o permiso de trabajo y/o residencia, y documentos que acrediten la capacidad económica del inquilino, como nóminas o contrato de trabajo. ¿Cuál es el importe máximo de fianza y mensualidades que se puede pedir? La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que se puede exigir una fianza equivalente a un mes de renta, pagadera en metálico, la cual debe devolverse al inquilino un mes después de la entrega de las llaves al final del contrato. Además, se permite pactar una garantía adicional de hasta dos meses de renta. ¿Puede el propietario solicitar un aval de los padres o los movimientos bancarios del inquilino? El arrendador puede pedir un aval bancario o fiador personal para garantizar las obligaciones del arrendatario, pero solicitar movimientos bancarios no es adecuado; la capacidad económica se puede justificar con otros documentos, como nóminas o la última declaración de la renta. ¿Cuál es la duración mínima y máxima de un contrato de alquiler? Los contratos de uso distinto a vivienda habitual o de temporada se rigen por el acuerdo de las partes. Para contratos de vivienda habitual, si la duración es inferior a 5 años (para personas físicas) o 7 años (para personas jurídicas), se prorrogan anualmente hasta alcanzar estos plazos, a menos que el inquilino indique su intención de no renovar con 30 días de antelación. En contratos de vivienda habitual, si no hay preaviso de extinción, el contrato se prorroga por otros 3 años más, y tras estos periodos, si ninguna de las partes comunica la resolución, se aplica la tácita reconducción del Código Civil, renovándose anualmente o mensualmente según la renta. ¿Cómo se formaliza el contrato de un piso compartido? Puede hacerse un contrato único para todos los inquilinos o contratos individuales. No es necesario un pacto de solidaridad expreso si el contrato indica la unidad de renta, y es posible establecer normas para el uso de zonas comunes. ¿Son válidos los contratos verbales de alquiler? Los contratos de alquiler verbales son válidos, aunque es recomendable documentar los acuerdos por escrito para evitar problemas futuros. ¿Se puede pagar el alquiler por Bizum o en efectivo? Según la nueva Ley de Vivienda, el pago debe realizarse electrónicamente, salvo excepciones en las que alguna parte no tenga acceso a medios electrónicos, permitiendose entonces el pago en efectivo. En caso de rescisión, ¿con cuánto tiempo se debe dar el aviso? Para contratos de vivienda habitual, el inquilino debe avisar con al menos un mes de antelación a partir del sexto mes de vigencia. Se puede pactar una penalización de un mes de renta por cada año restante del contrato. Si un inquilino se va, ¿qué sucede con el alquiler? Si todos los inquilinos firmaron el contrato, son responsables solidarios del pago de la renta, a menos que se acuerde lo contrario. ¿Puede el inquilino subalquilar la vivienda? El subarriendo total o parcial no está permitido sin el permiso del propietario, quien puede autorizarlo parcialmente y por escrito.