La Mancomunidad del Norte aprueba la memoria de gestión de 2025
Memoria 2025 Mancomunidad Del Norte
Memoria 2025 Mancomunidad Del Norte
La memoria recoge las actividades desarrolladas, los recursos humanos, económicos y materiales de la entidad, así como las acciones impulsadas durante el pasado año en distintos ámbitos de la comarca norte de Gran Canaria.
La Junta de Gobierno de la Mancomunidad de ayuntamientos del norte de Gran Canaria, celebrada ayer en Arucas, aprobó la memoria de gestión correspondiente al ejercicio 2025, un documento que tiene como objetivo dar a conocer a la ciudadanía la actividad desarrollada por esta entidad supramunicipal durante el último año, reforzando así los principios de transparencia y rendición de cuentas de la administración pública.
La memoria, disponible a través del portal de transparencia y de la página web de la mancomunidad (https://www.mancomunidaddelnorte.org/Pdf/memoria_gestion_2025.pdf, incluye información detallada sobre los proyectos ejecutados durante 2025, programas de formación, acciones de dinamización económica, agenda institucional, prestación de servicios, así como la gestión económica y administrativa de la entidad.
Desde el año 2009, la mancomunidad publica anualmente su memoria de gestión con el fin de facilitar el acceso público a la información sobre las actuaciones desarrolladas a lo largo del año, contribuyendo al cumplimiento de los principios de gobierno abierto y de los objetivos de desarrollo sostenible, especialmente el ods 16, vinculado a la transparencia institucional, la eficacia administrativa y la rendición de cuentas.
La mancomunidad de ayuntamientos del norte de Gran Canaria es una entidad supramunicipal con 52 años de historia, integrada por los municipios de Agaete, Artenara, Arucas, Firgas, Gáldar, La Aldea de San Nicolás, Moya, Santa María de Guía, Tejeda, Teror y Valleseco, que representan conjuntamente a una población de más de 126.000 habitantes.

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Guardia Civil
Redacción NorteGranCanaria

La Guardia Civil investiga al conductor de una motocicleta por conducir a 178 km/h en la isla de Gran Canaria

La circulación con exceso de velocidad fue detectada en un control de velocidad establecido por Agentes del Destacamento de Tráfico de Las Palmas.  El turismo circulaba por la carretera GC-100 a la altura del barrio de Piletillas de la localidad de Telde, a una velocidad de 178 km/h, en un tramo limitado a 40 km/h  A principios del mes de agosto, Agentes de la Guardia Civil del Destacamento de Tráfico de la Comandancia de Las Palmas, establecieron un control de velocidad en la carretera GC-100, y captaron a una motocicleta circulando a 178 Km/hora, en un tramo en el que la velocidad se encontraba limitada a 40 Km/hora; dada la naturaleza de la infracción no fue posible en esos momentos interceptar al conductor a fin de notificarle la infracción. Como consecuencia del exceso de velocidad cometido por el conductor infractor, se procede por el Grupo de Investigación y Análisis de Trafico (G.I.A.T.), de la Unidad de Investigación de Seguridad Vial del Subsector de Tráfico de Las Palmas a la realización de las investigaciones correspondiente para la localización e identificación del conductor, lográndose la misma el pasado 28 de agosto, resultado ser un varón de 42 años. El conductor fue informado de que se le investigará como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial por superar en más de 80 kms/h, el límite de velocidad en una vía interurbana. Las diligencias fueron entregadas en el Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia de Telde. Normativa aplicable.  Conforme a lo establecido en artículo 379 del Código Penal, circular con un exceso de velocidad superando en 80 Km/h. la velocidad máxima en vías interurbana, está castigado con una pena de prisión de 3 a 6 meses, una multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 1 a 4 años. La conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás, contemplada en el artículo 381 del Código Penal español, se castiga con prisión de dos a cinco años, una multa de doce a veinticuatro Además, se debe tener en cuenta que la velocidad tiene una influencia directa en la ocurrencia y severidad de los siniestros viales. Con velocidades de conducción más altas, el número de siniestros y su gravedad aumentan exponencialmente. Siempre la velocidad debe adaptarse a las condiciones de la vía, del tráfico, de la meteorología y de la visibilidad