Josefa Molina, la cultura en Gáldar
Josefa Molina

Josefa Molina es una mujer hiperactiva en el frente cultural. Es impulsora y directora del festival de poesía Baltasar Espinosa, el poeta de Gáldar de la generación de Poesía Canaria Última en los años sesenta, cuya obra (1962-2011) ha compilado, y de este modo el autor, que se estableció en Madrid, ha revivido. Fundadora y presidenta de la asociación Palabra y Verso, es una mujer que siempre está ideando nuevos proyectos de participación colectiva, organiza recitales y lecturas en los barrios para divulgar las letras canarias. Estudió periodismo en la Complutense y ha publicado recientemente la novela “La taxista”, Mercurio Editorial, y está preparando otra que podría ver la luz a finales del año próximo.

Durante los últimos años Gáldar se ha configurado como una ciudad artística y cultural en la que se da la convocatoria de muchas actividades. No solo la Cueva Pintada, que genera un atractivo particular con excursiones de visitantes, sino que también cuentan su casco histórico, la hermosa iglesia, la plaza, la calle principal que el ayuntamiento siempre engalana en Navidad y otras fechas especiales. Asimismo está el importante Museo Antonio Padrón, muestrario del indigenismo y ahora el Museo Agáldar, para recoger la historia de este lugar que fue, junto con Telde, cabecera de la Gran Canaria prehispánica.

Además de dirigir la asociación Palabra y Verso, fundada en 2015, conduce un programa de radio que ya ha cumplido once temporadas. Viene realizando la charla literaria El Ultílogo, que se celebra el último jueves de cada mes desde el año 2018 y por la cual han pasado ya una treintena de autoras y autores de las islas, a los que ha entrevistado para su emisora, Radio Gáldar. Josefa cuenta con la colaboración del ayuntamiento, la biblioteca municipal y la Casa-Museo Antonio Padrón, además de asociaciones vecinales y culturales. Todo ese activismo lo desarrolla de manera desinteresada, porque, como ella misma dice, “la literatura me da vida aunque no me llene la nevera.”

Piensa que la persona que escribe tiene una responsabilidad hacia el mundo en que vive, y debe posicionarse ante lo que sucede en Palestina, en África o en Ucrania. “Tenemos un compromiso con nuestro mundo y nuestra arma es la palabra. Sé que no es mucho, puede que sea solo un gesto, pero no podemos quedarnos al margen. Hay que aportar lo que podamos para alzar nuestra voz en defensa de los derechos humanos y la paz, y denunciar la barbarie que significa el genocidio de Gaza y el drama de la inmigración, entre otros muchos asuntos que asolan nuestra humanidad. Se trata de defender la dignidad humana. Que lo es todo.”

Estima Josefa que Canarias ha sido tierra de poeta y narradores notables. Ello da muestra de la salud del archipiélago. Pero esa actividad recibe escaso apoyo por parte de las instituciones públicas. La cultura sigue siendo la patita fea que muchas veces resiste y sigue adelante gracias al empeño de iniciativas individuales o colectivas.

Es autora de tres poemarios y dos novelas, así como de libros de relatos y microrrelatos. Está encuadrada en varias antologías y ha obtenido premios y menciones en diversos concursos. Como gestora cultural ocupa la vicepresidencia de la Asociación de Mujeres en la Cultura-Canarias y es representante de Gran Canaria de la Asociación Mundial de Escritores Latinoamericanos, Amdel. Colabora en medios de comunicación y revistas digitales.

Viaja mucho, siempre con fines literarios. Y anuncia el III Festival de Poesía Baltasar Espinosa, para el mes de abril, también se celebrarán encuentros con grupos literarios de la Península y de América Latina. Le interesa conocer que se está haciendo en otros lugares, qué tiene que decir la voz de las escritoras y escritores sobre cómo está el mundo, cuál es su papel en este momento tan gris e inestable. Es solo un gesto, pero no podemos quedarnos al margen, pues se trata de defender la dignidad humana. Que no es poco. Ah: qué alegría que a Trump no le han dado el Nobel de la Paz.

 

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Dudas y problemas con los contratos de alquiler de vivienda. La ley de arrendamientos urbanos

El comienzo de septiembre marcará el regreso al estudio y al trabajo, lo que implica que muchas personas busquen un piso de alquiler. Este proceso se complica cada vez más debido a los precios y requisitos solicitados, pero ¿qué puede exigir un propietario al inquilino de una vivienda? Legálitas revisa los aspectos clave que deben considerar los inquilinos al alquilar una vivienda, incluyendo si es legal pagar por visitar un piso o qué documentos financieros (aval, extractos, etc.) o fianza puede requerir el arrendador. Según el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, modificado por la Ley 12/2023 de 24 de mayo sobre el derecho a la vivienda, los contratos de vivienda habitual, los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato deben ser asumidos por el arrendador. Sin embargo, los contratos de uso distinto a vivienda habitual se basan en la libertad de acuerdos entre las partes. ¿Qué documentos puede pedir el arrendador al inquilino? Para formalizar un alquiler, el propietario puede requerir un documento de identificación, como el DNI o permiso de trabajo y/o residencia, y documentos que acrediten la capacidad económica del inquilino, como nóminas o contrato de trabajo. ¿Cuál es el importe máximo de fianza y mensualidades que se puede pedir? La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que se puede exigir una fianza equivalente a un mes de renta, pagadera en metálico, la cual debe devolverse al inquilino un mes después de la entrega de las llaves al final del contrato. Además, se permite pactar una garantía adicional de hasta dos meses de renta. ¿Puede el propietario solicitar un aval de los padres o los movimientos bancarios del inquilino? El arrendador puede pedir un aval bancario o fiador personal para garantizar las obligaciones del arrendatario, pero solicitar movimientos bancarios no es adecuado; la capacidad económica se puede justificar con otros documentos, como nóminas o la última declaración de la renta. ¿Cuál es la duración mínima y máxima de un contrato de alquiler? Los contratos de uso distinto a vivienda habitual o de temporada se rigen por el acuerdo de las partes. Para contratos de vivienda habitual, si la duración es inferior a 5 años (para personas físicas) o 7 años (para personas jurídicas), se prorrogan anualmente hasta alcanzar estos plazos, a menos que el inquilino indique su intención de no renovar con 30 días de antelación. En contratos de vivienda habitual, si no hay preaviso de extinción, el contrato se prorroga por otros 3 años más, y tras estos periodos, si ninguna de las partes comunica la resolución, se aplica la tácita reconducción del Código Civil, renovándose anualmente o mensualmente según la renta. ¿Cómo se formaliza el contrato de un piso compartido? Puede hacerse un contrato único para todos los inquilinos o contratos individuales. No es necesario un pacto de solidaridad expreso si el contrato indica la unidad de renta, y es posible establecer normas para el uso de zonas comunes. ¿Son válidos los contratos verbales de alquiler? Los contratos de alquiler verbales son válidos, aunque es recomendable documentar los acuerdos por escrito para evitar problemas futuros. ¿Se puede pagar el alquiler por Bizum o en efectivo? Según la nueva Ley de Vivienda, el pago debe realizarse electrónicamente, salvo excepciones en las que alguna parte no tenga acceso a medios electrónicos, permitiendose entonces el pago en efectivo. En caso de rescisión, ¿con cuánto tiempo se debe dar el aviso? Para contratos de vivienda habitual, el inquilino debe avisar con al menos un mes de antelación a partir del sexto mes de vigencia. Se puede pactar una penalización de un mes de renta por cada año restante del contrato. Si un inquilino se va, ¿qué sucede con el alquiler? Si todos los inquilinos firmaron el contrato, son responsables solidarios del pago de la renta, a menos que se acuerde lo contrario. ¿Puede el inquilino subalquilar la vivienda? El subarriendo total o parcial no está permitido sin el permiso del propietario, quien puede autorizarlo parcialmente y por escrito.