Noventa minutos
Noventa Minutos
Noventa Minutos

Hay algo profundamente hipócrita en el ser humano: necesitar ver a veintidós personas corriendo detrás de un balón para poder dejar de discutir entre nosotros y convivir en paz durante noventa minutos.

Durante el tiempo que dura un partido de fútbol, desaparecen todas las ideologías. Los ricos se abrazan a los pobres, los inmigrantes celebran con quienes hasta hace un momento quieren deportarlos, los obreros sacuden con fervor los hombros de los empresarios a los que critican y acusan de ser los culpables de todos los males del país. Las diferencias de raza, religión, orientación sexual, ideología política o clase social quedan en stand by en la parte más alejada de las gradas mientras miles de gargantas gritan al unísono exactamente lo mismo.

Qué curioso.

Al parecer esto no es nuevo; llevamos siglos demostrando que somos capaces de hacerlo y, sin embargo, por algo que aún no logro entender, seguimos eligiendo no hacerlo.

Yo creo que el problema nunca ha sido el color de nuestra piel, ni el idioma o las fronteras entre países; tampoco el dinero o las ideas personales. El gran problema siempre ha sido la falta de voluntad y la sobra de egocentrismo.

Nos encantan las tertulias con amigos comentando lo mal que está todo, lo roto que está el mundo y los cambios que deberían hacerse, mientras vivimos esperando el siguiente partido del mundial para demostrar cuánto de hipócritas somos. Porque durante esos minutos, durante ese breve paréntesis en el que los hospitales se vacían de enfermos y las calles parecen desérticas, nadie habla de guerras o de lo cara que está la cesta de la compra. Nadie recuerda la cantidad de niños que hay acostándose sin cenar o los robos que se están cometiendo no muy lejos. Las redes sociales dejan de ser trincheras políticas para convertirse en colecciones de fotos donde abundan los abrazos, las lágrimas y las banderas amarillas y rojas. Incluso quienes llevan años sin hablarse encuentran la excusa perfecta para sonreír juntos.

Hasta que el árbitro pita el final.

Entonces todo vuelve a su sitio.

Regresan los insultos, los prejuicios, la indiferencia y el odio. Volvemos a mirar con desconfianza al vecino que hace una hora abrazábamos sin preguntarle a quién votaba, cuánto dinero tenía o dónde había nacido. Volvemos a tachar de facha a quien lleva una bandera de pulsera o «demasiado liberal» al que se hace llamar a sí mismo «elle». Y eso es lo más triste del Mundial; más que la propia existencia del odio, la pobreza o las guerras.

Lo insoportable es ser consciente de que somos capaces de olvidarnos de algo durante noventa minutos, pero nunca lo suficientemente valientes como intentar hacerlo durante el resto de nuestras vidas unidos por un objetivo común: convivir sin molestar al prójimo.

Puede que el fútbol siga siendo el único deporte capaz de unir a millones de personas a lo largo y ancho de todos los continentes, pero también es el recordatorio más cruel de que el ser humano, pudiendo vivir unido, sigue escogiendo dividirse.

 

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Dudas y problemas con los contratos de alquiler de vivienda. La ley de arrendamientos urbanos

El comienzo de septiembre marcará el regreso al estudio y al trabajo, lo que implica que muchas personas busquen un piso de alquiler. Este proceso se complica cada vez más debido a los precios y requisitos solicitados, pero ¿qué puede exigir un propietario al inquilino de una vivienda? Legálitas revisa los aspectos clave que deben considerar los inquilinos al alquilar una vivienda, incluyendo si es legal pagar por visitar un piso o qué documentos financieros (aval, extractos, etc.) o fianza puede requerir el arrendador. Según el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, modificado por la Ley 12/2023 de 24 de mayo sobre el derecho a la vivienda, los contratos de vivienda habitual, los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato deben ser asumidos por el arrendador. Sin embargo, los contratos de uso distinto a vivienda habitual se basan en la libertad de acuerdos entre las partes. ¿Qué documentos puede pedir el arrendador al inquilino? Para formalizar un alquiler, el propietario puede requerir un documento de identificación, como el DNI o permiso de trabajo y/o residencia, y documentos que acrediten la capacidad económica del inquilino, como nóminas o contrato de trabajo. ¿Cuál es el importe máximo de fianza y mensualidades que se puede pedir? La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que se puede exigir una fianza equivalente a un mes de renta, pagadera en metálico, la cual debe devolverse al inquilino un mes después de la entrega de las llaves al final del contrato. Además, se permite pactar una garantía adicional de hasta dos meses de renta. ¿Puede el propietario solicitar un aval de los padres o los movimientos bancarios del inquilino? El arrendador puede pedir un aval bancario o fiador personal para garantizar las obligaciones del arrendatario, pero solicitar movimientos bancarios no es adecuado; la capacidad económica se puede justificar con otros documentos, como nóminas o la última declaración de la renta. ¿Cuál es la duración mínima y máxima de un contrato de alquiler? Los contratos de uso distinto a vivienda habitual o de temporada se rigen por el acuerdo de las partes. Para contratos de vivienda habitual, si la duración es inferior a 5 años (para personas físicas) o 7 años (para personas jurídicas), se prorrogan anualmente hasta alcanzar estos plazos, a menos que el inquilino indique su intención de no renovar con 30 días de antelación. En contratos de vivienda habitual, si no hay preaviso de extinción, el contrato se prorroga por otros 3 años más, y tras estos periodos, si ninguna de las partes comunica la resolución, se aplica la tácita reconducción del Código Civil, renovándose anualmente o mensualmente según la renta. ¿Cómo se formaliza el contrato de un piso compartido? Puede hacerse un contrato único para todos los inquilinos o contratos individuales. No es necesario un pacto de solidaridad expreso si el contrato indica la unidad de renta, y es posible establecer normas para el uso de zonas comunes. ¿Son válidos los contratos verbales de alquiler? Los contratos de alquiler verbales son válidos, aunque es recomendable documentar los acuerdos por escrito para evitar problemas futuros. ¿Se puede pagar el alquiler por Bizum o en efectivo? Según la nueva Ley de Vivienda, el pago debe realizarse electrónicamente, salvo excepciones en las que alguna parte no tenga acceso a medios electrónicos, permitiendose entonces el pago en efectivo. En caso de rescisión, ¿con cuánto tiempo se debe dar el aviso? Para contratos de vivienda habitual, el inquilino debe avisar con al menos un mes de antelación a partir del sexto mes de vigencia. Se puede pactar una penalización de un mes de renta por cada año restante del contrato. Si un inquilino se va, ¿qué sucede con el alquiler? Si todos los inquilinos firmaron el contrato, son responsables solidarios del pago de la renta, a menos que se acuerde lo contrario. ¿Puede el inquilino subalquilar la vivienda? El subarriendo total o parcial no está permitido sin el permiso del propietario, quien puede autorizarlo parcialmente y por escrito.